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DECRETO 1084 DE 2015 – SECTOR DE INCLUSIÓN SOCIAL Y RECONCILIACIÓN

Foto de Miles Peacock en Unsplash

 

  PALABRAS FRECUENTES

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  CONCEPTOS

 

ACTUALIZACIÓN

Se entenderá por actualización en el registro la inclusión de novedades en la información respecto de los datos personales de las víctimas. (ART 2.2.2.1.1. Título II).

AGENDA NACIONAL PARA LA SUPERACIÓN DE LA POBREZA EXTREMA

En una unidad administrativa especial del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio, creada en virtud del Decreto 4160 de 2011, con el objetivo de participar, con otras entidades competentes y los entes territoriales, en la formulación de política pública para la superación de la pobreza extrema y coordinar la implementación de la estrategia nacional de superación de la pobreza extrema a través de la articulación con actores públicos y privados y la promoción de la innovación social, entre otros. (ART 1.2.1.1. Título I).

CARENCIAS EN LA ATENCIÓN HUMANITARIA

La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las víctimas, definirá mediante resolución, las condiciones constitutivas de carencias graves y leves en los componentes de alojamiento temporal y/o alimentación. (ART 2.2.6.5.4.1 Sección IV).

CENTRO DE MEMORIA HISTÓRICA

Es un establecimiento público del orden nacional con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa y financiera, creada en virtud de la Ley 1448 de 2011, cuyo objeto es objeto la recepción, recuperación, conservación, compilación y análisis de todo el material documental, testimonios orales y por cualquier otro medio, relativo a las violaciones ocurridas con ocasión del conflicto armado interno colombiano, a través de la realización de las investigaciones, actividades museísticas, pedagógicas y otras relacionadas que contribuyan a establecer y esclarecer las causas de tales fenómenos, conocer la verdad y contribuir a evitar en el futuro la repetición de los hechos. (ART 1.2.1.1 Título I).

CENTROS REGIONALES

Los Centros Regionales de Atención y Reparación a Víctimas son una estrategia de articulación interinstitucional del nivel nacional y territorial que tiene como objetivo atender, orientar, remitir, acompañar y realizar el seguimiento a las víctimas en los términos del artículo 3 de la Ley 1448 de 2011 que requieran acceder a la oferta estatal en aras de facilitar los requerimientos en el ejercicio de sus derechos a la verdad, justicia y reparación integral. (ART 2.2.6.6.1 Capítulo VI).

INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR

Es un establecimiento público, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio; creado en virtud  de la Ley 75 de 1968, cuyo objeto es propender y fortalecer la integración y el desarrollo armónico de la familia, proteger al menor de edad y garantizarle sus derechos. (ART  1.2.1.1 Título I).

PROBLEMÁTICA NUTRICIONAL Y ALIMENTARIA

Le corresponde al ICBF definir el problema nutricional y alimentario de la población, en términos de morbilidad y mortalidad por enfermedades nutricionales propiamente dichas y por otras enfermedades asociadas a ellos, y en términos de importación, producción y consumo de alimentos a nivel familiar, local, regional y nacional. (ART 2.4.3.3.1.2 Capítulo III).

RED NACIONAL DE INFORMACIÓN

La Red Nacional de Información para la Atención y Reparación a las Víctimas es el instrumento que establece mecanismos, lineamientos, políticas, procesos y procedimientos que permiten la interoperabilidad, trazabilidad y el flujo eficiente de la información entre las entidades que conforman el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas en el orden nacional y territorial, los organismos de cooperación internacional, la sociedad civil, las organizaciones de víctimas, y otras entidades estatales. (ART 2.2.3.1 Título III).

REGISTRO ÚNICO DE VÍCTIMAS

El Registro Único de Víctimas es una herramienta administrativa que soporta el procedimiento de registro de las víctimas. (ART 2.2.2.1.1 Título II Capítulo I).

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA ATENCIÓN Y REPARACIÓN INTEGRAL A LAS VICTIMAS

Es una Unidad Administrativa Especial con personería jurídica y autonomía administrativa y patrimonial, creada en virtud de la Ley 1448 de 2011, cuyo objetivo es coordinar el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas y la ejecución e implementación de la Política Pública de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las mismas en los términos establecidos en la ley. (ART 1.2.1.1 Título I).

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL PARA LA CONSOLIDACIÓN TERRITORIAL

Es una unidad administrativa especial del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio propio, creada en virtud del Decreto 4161 de 2011, con el objetivo de implementar, ejecutar y hacer seguimiento a la ejecución de la Política Nacional de Consolidación Territorial; y canalizar, articular y coordinar la intervención institucional diferenciada en las regiones de consolidación focalizadas y en las zonas afectadas por los cultivos ilícitos. (ART 1.2.1.1 Título I).