Saltar al contenido

LEY 1581 DE 2012 – PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Photo by Markus Spiske on Unsplash

Categoría: Etiquetas: ,

 

  PALABRAS FRECUENTES

 

   DALE CLIC PARA AMPLIAR LA IMAGEN REALIZAD CON NVIVO

 

 

  CONCEPTOS

 

AVISO DE PRIVACIDAD

Comunicación verbal o escrita generada por el Responsable, dirigida al Titular para el Tratamiento de sus datos personales, mediante la cual se le informa acerca de la existencia de las políticas de Tratamiento de información que le serán aplicables, la forma de acceder a las mismas y las finalidades del Tratamiento que se pretende dar a los datos personales.  (Capítulo 1. Disposiciones generales. ART. 3).

DATO PÚBLICO

Es el dato que no sea semiprivado, privado o sensible. Son considerados datos públicos, entre otros, los datos relativos al estado civil de las personas, a su profesión u oficio ya su calidad de comerciante o de servidor público. Por su naturaleza, los datos públicos pueden estar contenidos, entre otros, en registros públicos, documentos públicos, gacetas y boletines oficiales y sentencias judiciales debidamente ejecutoriadas que no estén sometidas a reserva. (Capítulo 1. Disposiciones generales. ART. 3).

DATOS SENSIBLES

Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del Titular o cuyo uso indebido puede generar su discriminación, tales como aquello que revelen el origen racial o étnico, la orientación política, las convicciones religiosas o filosóficas, la pertenencia a sindicatos, organizaciones sociales, de derechos humanos o que promueva intereses de cualquier partido político o que garanticen los derechos y garantías de partidos políticos de oposición, así como los datos relativos a la salud, a la vida sexual, y los datos biométricos. (Capítulo 1. Disposiciones generales. ART. 3).

TRANSFERENCIAS

La transferencia de datos tiene lugar cuando el Responsable y/o Encargado del Tratamiento de datos personales, ubicado en Colombia, envía la información o los datos personales a un receptor, que a su vez es Responsable del Tratamiento y se encuentra dentro o fuera del país. (Capítulo 1. Disposiciones generales. ART. 3).

TRANSMISIÓN

Tratamiento de datos personales que implica la comunicación de los mismos dentro o fuera del territorio de la República de Colombia cuando tenga por objeto la realización de un Tratamiento por el Encargado por cuenta del Responsable. (Capítulo 1. Disposiciones generales. ART. 3).